En enero de 2022, apenas unas semanas después de la aprobación del Real Decreto-ley 32/2021, celebramos un seminario en el que un amplio grupo de especialistas analizó las principales novedades de una reforma llamada a transformar aspectos centrales de nuestro mercado de trabajo. Aquellas reflexiones dieron lugar a un número extraordinario de Labos dedicado a la reforma laboral de 2021, publicado cuando todavía predominaban las dudas acerca de la interpretación y aplicación práctica de las nuevas reglas.
Más de cuatro años después, el tiempo transcurrido permite formular preguntas distintas. Ya no se trata únicamente de explicar la reforma, sino de valorar sus resultados, comprobar cómo ha sido interpretada por los tribunales y la negociación colectiva e identificar qué problemas han quedado resueltos y cuáles continúan pendientes. La propia Disposición Adicional Vigésimocuarta del RD Ley contenía un mandato al Gobierno que debería haber efectuado «una evaluación de los resultados obtenidos por las medidas previstas en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, mediante el análisis de los datos de contratación temporal e indefinida en enero del año 2025, procediendo a la publicación oficial, a estos efectos, de la tasa de temporalidad general y por sectores. Dicha evaluación deberá repetirse cada dos años. En el caso de que los resultados de la evaluación anterior demuestren que no se avanza en la reducción de la tasa de temporalidad, ya sea en la general o en la de los diferentes sectores, el Gobierno elevará a la mesa de diálogo social una propuesta de medidas adicionales que permitan la consecución de dicho objetivo, general o sectorial, para su discusión y eventual acuerdo con los interlocutores sociales».
A comienzos de 2026 reunimos nuevamente a buena parte de quienes participaron en aquel primer análisis en el seminario «La reforma laboral de 2021, revisitada». Fruto de ese encuentro acaba de publicarse el número extraordinario del volumen 7 de Labos. Revista de Derecho del Trabajo y Protección Social, que ofrece una revisión crítica y actualizada de algunos de los principales ejes del Real Decreto-ley 32/2021.
El número comienza con el trabajo de Daniel Pérez del Prado, «La reforma de los contratos formativos cinco años después. Nueva regulación, mismos resultados (cuantitativos)». El estudio contrasta el amplio desarrollo normativo producido desde 2021 con la persistente utilización marginal de estas modalidades contractuales y examina las dificultades de coordinación entre la normativa laboral y educativa.
A continuación, Francisco Javier Gómez Abelleira, «Luces y sombras interpretativas de los nuevos contratos por circunstancias de la producción». El trabajo analiza los problemas que ha suscitado la delimitación de las nuevas causas de temporalidad y el alcance que les han atribuido la doctrina judicial y la negociación colectiva.
También dentro del bloque dedicado a la contratación, Patricia Nieto Rojas, «La presunción de indefinición del contrato de trabajo temporal. El papel de la negociación colectiva en la estabilidad del empleo». Su contribución aborda los efectos derivados del incumplimiento de las exigencias legales de causalidad y el margen de actuación de los convenios colectivos para favorecer un empleo más estable.
Por su parte, José María Goerlich Peset, «El impulso de la contratación fija-discontinua. Luces y sombras de una experiencia». La notable expansión de esta modalidad tras la reforma se acompaña de numerosos interrogantes sobre su ámbito de aplicación, los periodos de inactividad, el llamamiento y las garantías efectivas de estabilidad de las personas contratadas.
La transformación del contrato fijo de obra en el sector de la construcción es examinada por Cristina Aragón Gómez en «El contrato indefinido adscrito a obra en el sector de la construcción. Balance crítico tras cinco años de vigencia». El trabajo se pregunta hasta qué punto el indudable cambio estadístico se corresponde con una transformación material del modelo de empleo o responde, al menos parcialmente, a una nueva configuración jurídica de situaciones preexistentes.
El siguiente artículo, de Luis Enrique Nores Torres, se dedica a «Subcontratación de obras y servicios. Novedades interpretativas y retos pendientes tras la reforma de 2021». En él se revisan las consecuencias de la modificación del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores, particularmente en materia de convenio colectivo aplicable, así como las cuestiones interpretativas que continúan abiertas.
La flexibilidad interna ocupa el centro del trabajo de Pablo Gimeno Díaz de Atauri, «El Mecanismo RED tras sus primeros años de vigencia. Entre la innovación normativa y la escasa aplicación práctica». El artículo analiza su configuración legal y reglamentaria, las dos únicas activaciones sectoriales producidas hasta la fecha y el contraste entre la sofisticación técnica del instrumento y su modesta utilización. También se detiene en cuestiones como la falta de dotación efectiva del Fondo RED, la ausencia de la evaluación prevista legalmente y las dificultades para responder a crisis de alcance territorial limitado.
El número atiende igualmente a la persistente temporalidad en las administraciones públicas. Francisco Ramos Moragues, en «La temporalidad en el empleo público. Cuatro años después de la reforma laboral de 2021». El estudio ofrece un balance cuantitativo y cualitativo de las medidas adoptadas, teniendo en cuenta tanto la reforma laboral como el régimen de responsabilidades del Estatuto Básico del Empleado Público y los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021.
Los dos últimos trabajos se ocupan de la negociación colectiva. Jesús R. Mercader Uguina, en «La navegación incierta del artículo 84 ET tras la reforma del 2021». El trabajo reconstruye la compleja evolución de las reglas de concurrencia entre convenios, su régimen transitorio, la interpretación jurisprudencial y las posteriores modificaciones relacionadas con los marcos autonómicos de relaciones laborales.
Finalmente, Amparo Esteve Segarra analiza «La recepción en la negociación colectiva de la reforma de 2021 de la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores». Su análisis permite conocer cómo han incorporado los convenios colectivos las nuevas condiciones legales aplicables a las cláusulas de jubilación forzosa y su vinculación con objetivos de política de empleo.
En conjunto, las diez contribuciones ofrecen algo más que una actualización exegética de la reforma. Permiten evaluar sus resultados reales, identificar las respuestas proporcionadas por los tribunales y la negociación colectiva y poner de manifiesto la distancia que, en algunos ámbitos, sigue existiendo entre los objetivos declarados por el legislador y su materialización práctica.
El número extraordinario puede consultarse íntegramente y en acceso abierto en la página de Labos.
Como siempre, os invitamos a su lectura y a seguir enviando vuestros trabajos a Labos. Revista de Derecho del Trabajo y Protección Social a través de la plataforma o remitiendo vuestros originales a revistalabos @uc3m.es

