Varios de los editores de este blog (Jesús R. Mercader, Francisco J. Gómez Abelleira, Ana B. Muñoz y Pablo Gimeno) formamos parte del proyecto de investigación EuSocialCit (European Social Citizenship), financiado por el programa de la Unión Europea Horizonte 2020, y que analiza el compromiso de las instituciones de la Unión Europea con los desarrollos sociales, en el marco del Pilar Social.
Recientemente, se ha publicado (en abierto) el documento de trabajo Strengthening European social rights via the work-life balance directive?, que pensamos que puede ser de interés para los lectores de este foro.
Este documento examina el potencial de la Directiva elativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores para mejorar la implicación de los padres en la crianza y, de este modo, mejorar las posibilidades de que las madres mantengan y refuercen su vínculo con el mercado laboral. Los principales instrumentos a través de los cuales la Directiva pretende mejorar los derechos sociales de los padres (concebidos como cuidadores secundarios) son el permiso de paternidad (10 días, pagaderos como subsidio de enfermedad) y el permiso parental específico (2 meses, con un alto nivel de compensación). Estas disposiciones se examinan en los estudios de casos nacionales, aplicando dos componentes del marco de recursos: normativos e instrumentales. En cuanto a los recursos instrumentales, nos centramos en los procedimientos de solicitud (digitales) de fácil acceso; el desarrollo de información dirigida a los trabajadores, es decir, a través de los representantes sindicales y/o los departamentos de RRHH; y las campañas de información específicas.
En cuanto a los recursos normativos, en tres países que tenían permisos de larga duración, pero que no habían reservado previamente permisos parentales retribuidos (Dinamarca, Países Bajos y Polonia), la compensación económica prevista para el nuevo periodo de permiso será relativamente elevada, lo que puede favorecer su utilización. Así, los países que estaban más lejos de las disposiciones específicas para los padres antes de la Directiva son los más ambiciosos en cuanto a la aplicación de los derechos sociales formales. Por el contrario, en Francia, donde el nivel de compensación del permiso parental es muy bajo, es decir, inferior a los ingresos mínimos, aún no se han establecido cambios en el nivel de compensación. En España y Alemania, que tienen derechos reservados relativamente largos para los padres con carácter preceptivo, se prevén pocos cambios. Sin embargo, incluso en los países con derechos sociales formales generosos para aplicar formalmente la directiva, existen diferencias significativas en los recursos instrumentales dedicados al paso del reconocimiento teórico al ejercicio efectivo de los derechos sociales. En cuanto a los procedimientos de solicitud accesibles (digitales), es sumamente importante planificarlos para incentivar los permisos entre los progenitores. Dinamarca está elaborando planes para garantizar que toda la ciudadanía comprenda y tenga acceso a sus (nuevos) derechos. En los Países Bajos se están realizando esfuerzos similares, mientras que en Polonia no se está abordando esta cuestión, ya que el objetivo del Gobierno es mantener el statu quo en cuanto a la utilización del permiso parental (principalmente por parte de las mujeres). En Alemania y Francia no se dedican actualmente nuevos recursos a comunicar o simplificar el procedimiento de solicitud. En ambos países, es muy complejo, debido a las solicitudes separadas de permiso y de compensación económica. El análisis muestra que es importante considerar los derechos sociales normativos con los instrumentales, para comprender la dinámica de la potencial asunción de derechos. El documento concluye con una serie de recomendaciones políticas para que los ciudadanos europeos aprovechen los beneficios de la Directiva sobre el trabajo, centrándose en la importancia de los derechos formales de excedencia con una compensación elevada, una información sencilla y de fácil acceso sobre los derechos de excedencia, que debe ser comunicada por los sindicatos y los departamentos de recursos humanos, procedimientos de solicitud (digitales) de fácil acceso, claridad de los términos relacionados con la excedencia y campañas de información dirigidas a los sectores en los que la adopción es baja.
Os invitamos a leer y compartir este documento.

