Hace unos días se hacía público este informe de la AIReF sobre la prestación de incapacidad temporal. Se trata de un estudio que pertenece a la serie de evaluación del gasto público o expending review. Con estos informes, la AIReF tiene el encargo de evaluar la eficacia y eficiencia de nuestro gasto público, no estando de más recordarlo en un contexto en el que en tantas ocasiones se pone en tela de juicio el correcto uso de los recursos que aportamos entre todas y todas al sostenimiento de los servicios públicos. En esta ocasión, por tanto, le ha tocado el turno a la segunda partida en importancia de nuestra Seguridad Social tras pensiones.
Se trata, por consiguiente, de un informe eminentemente económico, en cuanto al objeto, pues tiene el propósito de calibrar el modo en que se emplea el dinero público que sustenta esta prestación, pero también en cuanto al método, pues, como veremos, emplea aproximaciones y técnicas propias de la Economía para formular propuestas de mejora. No contiene, sin embargo, un análisis jurídico-técnico minucioso, pues si bien recoge una buena recopilación de normas bastante exhaustiva, lo hace a modo de premisa metodológica. Ello no resta un ápice de valor científico al trabajo, sin lugar a dudas de alta calidad, pero lo limita, pues con una colaboración interdisciplinar se hubiera llegado a otros ámbitos significativos a efectos de la valoración de la prestación, como el efecto estadístico que ha podido tener en la duración el nuevo sistema de altas y bajas introducido por el RD 1060/2022.
De sus principales conclusiones cabe destacar que el 50% de los convenios de sector y 65% de los convenios de empresa contienen cláusulas que mejoran la cobertura dispuesta por la LGSS; que, en promedio, esas mejoras implican una ampliación de la cuantía hasta alcanzar entre el 80% y el 97% según la duración; que las dolencias más frecuentes son las que tienen que ver con trastornos musculoesqueléticos y respiratorias, aunque las que más crecen son las que tienen que ver con las enfermedades infecciosas y la salud mental; que desde una aproximación de género, el perfil más frecuente es de mujer trabajadora; que los períodos de incapacidad temporal son más frecuentes en contextos de empleo estable, incluido el funcionarial, lo que no resultó de ser controvertido, más por determinadas interpretaciones que por el dato en sí; y que el 25% de los sujetos concentran más de la mitad de los episodios de incapacidad temporal.
Sobre este diagnóstico se formulan una serie de propuestas ciertamente sugerentes, pues huyen de la manida culpabilización y del recurso al fraude para centrarse en lo que resulta clave en contextos de información imperfecta, que es la provisión de información. Para llegar a este punto, el estudio emplea un modelo “principal-agente”, que es aquel que describe la asignación de recursos cuando el sujeto que toma decisiones es diferente a aquel que asume el coste que se deriva de ellas. Si una madre o un padre asume los costes del coche de su hijo o hija (gasolina, limpieza, seguro, etc.), se crea un fuerte incentivo a que el vástago lo use más que si asumiera por sí mismo ese gasto. Es más, es probable que fuera menos cuidadoso a la hora de evitar golpes, roces o arañazos.
Trasladado esto al ámbito de la incapacidad temporal, como quienes toman las decisiones sobre las altas y bajas, el personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, son sujetos diferentes a quienes asumen el coste, los técnicos del INSS, existen fuertes incentivos a que el gasto sea superior al que resultaría si el mismo sujeto controlara ambos aspectos. Ésta no es una aproximación nueva. Entre los juristas ya la empleó hace algunos años uno de los directores de esta casa digital, el profesor Jesús Mercader, en dos artículos que, por lo que se ve, siguen de plena actualidad y plenamente vigentes: “El control de la incapacidad temporal (historia de una sospecha)” (Relaciones Laborales, 2004) y “La fábula del paciente simulador y el terapeuta crédulo o los mitos de la incapacidad temporal” (El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, 2009)
De hecho, la propia Administración es consciente de que parte del problema puede encontrar solución por esta vía. Solo así puede entenderse que, tal y como destaca el informe, en los convenios de colaboración suscritos entre el INSS y los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas se incluyan variables que tienen que ver precisamente con la necesidad de facilitar que la información fluya entre todos los sujetos implicados: solamente si los médicos que prescriben las bajas son conscientes de la duración y coste derivados de las mismas y en qué medida el caso se aparta de la media podrá valorar, en los supuestos dudosos, hasta qué punto merece la pena declarar el alta o la baja. También que El Manual de tiempos óptimos de incapacidad temporal proporcione valores orientativos de duración por diagnóstico, ajustados por edad, sexo, ocupación y comorbilidad es muestra de esta estrategia. Con ello también se pretende mejorar la información de quien toma la decisión pero no asume el coste
Aun así, hay espacio para acciones adicionales en este particular ámbito. De ahí que se sugiera avanzar hacia un sistema de información integrado e interoperable para mejorar la coordinación, supervisión y eficiencia de la gestión de la IT, fortalecer las capacidades del INSS para el control y seguimiento temprano de la IT, o facilitar a los facultativos de atención primaria información sistemática sobre las condiciones laborales del trabajador y reforzar la conexión con las inspecciones médicas y la unidad especializada de IT. Todas ellas son propuestas fácilmente encuadrables y derivables de un análisis principal-agente.

Sin embargo, como ha señalado brillantemente el profesor Cruz en este artículo, las ineficiencias vinculadas a la gestión de la incapacidad temporal son un fenómeno multifactorial. Como también apunta el informe de la AIReF el incremento de los episodios y duración de la incapacidad temporal están vinculados a la fatiga de nuestro sistema nacional de salud (a lo que las recientes vías abiertas para la colaboración con las mutuas pueden resultar de gran ayuda). Del mismo modo, contar con información más fiable sobre listas de espera, ampliando su cobertura a la atención primaria, puede contribuir de forma significativa a medir el problema y, a partir de ahí, poderle poner solución. Si la visita al facultativo de atención primaria se demora en exceso, la duración del episodio de IT se incrementará y ello sin contar con la demora aún mayor que se derive de la necesidad de que intervenga un especialista. Nótese que, incluso aquí, la necesidad de información es clave, que es precisamente en lo que se centra el informe, por más que aquí lo extrapolemos al siguiente nivel de dificultad que es el del control de las listas de espera y las duraciones de los tratamientos prescritos.
Otro factor significativo es el que tiene que ver con la propia acción en la empresa. El informe habla de “promover la implicación activa de las empresas en la gestión responsable de la incapacidad temporal y la mejora de la salud laboral”, sin mencionar para nada a las mutuas. Y es que, al margen del frecuente debate sobre su rol en la gestión de esta prestación, en el ámbito empresarial caben muchos otros ámbitos de actuación. Los datos sobre mejora proporcionada por la negociación colectiva a los que aludíamos anteriormente resultan paradójicos si se comparan con la posición de alarma que muestran las patronales a este respecto. Sin embargo, quienes conocen de cerca los procesos negociadores de convenios podrán reconocer que las mejoras en la cobertura de la IT son una baza negociadora envenenada, pues, como no son generalizadas (solo quienes estén de baja las usarán) son una oferta suculenta en los tiras y aflojas de cualquier proceso negociador, con el contrapunto de que una vez pactadas, quizá sus efectos, especialmente si se tienen en cuenta los costes inmateriales, sean más costos que cualquier otra medida de acción social a priori más beneficiosa.
Por último, no quisiera dejar de mencionar otro factor a mi juicio no menor y del que conocemos muy poco, al menos desde un punto de vista cuantitativo. Se trata de las bajas derivadas de dolencias relacionadas con la salud mental. En otra casa digital amiga, puse de manifiesto como hay estudios que apuntan a que nos encontramos ante procesos cada vez más frecuentes y generalizados. Según los datos de la Federación de Salud Mental de España, en 2023 estas patologías se incrementaron 15,8%, duplicándose en apenas siete años. Esto es lógico si se tiene en cuenta que, por una parte, hay una mayor conciencia sobre la importancia de este tipo de patologías; y que, por otra, la sociedad en la que nos encontramos propicia que sean más frecuentes.
En cualquier debate, seminario o congreso sobre digitalización, son habituales temas como el tecnoestrés, la difuminación del tiempo y lugar de trabajo, el derecho a la desconexión… Todos ellos son evidencias claras de que en la sociedad digital la presión derivada del uso de medios digitales es cada vez más mayor, ya sea en el ámbito laboral o fuera de él. Sin embargo, cuando de la incapacidad temporal se trata, este tipo de factores desaparece completamente del discusión pública y técnica. Un conocimiento más preciso, con mejor información, sobre el estado y evolución de este tipo de patologías resulta crucial para que se aborden medidas preventivas más eficaces, especialmente en el seno de las empresas, que contribuyan decididamente a disminuir su incidencia.
En suma, nos encontramos ante un debate complejo, multifactorial, en el que las propuestas en el ámbito de la información, como nos muestra el modelo principal-agente, resultan cruciales, pero sin que, desgraciadamente, sean el único elemento necesaria para un uso más eficiente de la incapacidad temporal.

